jueves, 17 de octubre de 2024

¿Cómo se prueba el derecho de recompensa?

Prueba del Derecho de Recompensa en Bienes Gananciales

El artículo 492 de la Ley 26994 del Código Civil y Comercial de la Nación establece que la "prueba del derecho a recompensa" sobre los bienes gananciales **incumbe a quien lo invoca** y puede realizarse **por cualquier medio probatorio**.

¿Qué significa esto?


1. Carga de la Prueba: Quien afirme tener derecho a una recompensa por haber utilizado bienes propios en beneficio de la comunidad conyugal, tiene la obligación de demostrarlo ante la justicia.

2. Amplitud de Medios Probatorios: La ley no restringe los tipos de pruebas que se pueden presentar.  Esto significa que se puede utilizar una variedad de elementos para probar el derecho a la recompensa, tales como:

  • Documental: Contratos, recibos, facturas, estados de cuenta, etc. que demuestren la erogación de bienes propios.
  • Testimonial: Declaraciones de personas que tengan conocimiento directo de los hechos.
  • Pericial: Informes de expertos en áreas relevantes, como contadores, economistas, etc.

Importante: Es crucial que las pruebas presentadas sean "claras, precisas y convincentes" para demostrar la existencia del derecho a la recompensa y el monto que se reclama.

Ejemplo: Si uno de los cónyuges alega haber utilizado dinero de una herencia personal para realizar mejoras en la vivienda conyugal (bien ganancial), deberá aportar pruebas que demuestren:

1. La recepción de la herencia: Mediante la presentación del testamento y la declaratoria de herederos.

2. El uso del dinero de la herencia para las mejoras: Facturas, recibos, contratos con la empresa que realizó la obra, etc.

3. El monto exacto del dinero utilizado.

En resumen, la prueba del derecho de recompensa es un aspecto fundamental para obtener su reconocimiento en la disolución de la sociedad conyugal. La ley brinda flexibilidad en cuanto a los medios probatorios, pero la responsabilidad de demostrar el derecho y cuantificar su valor recae siempre en quien lo reclama.

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